Verifactu para autónomos: qué es, cuándo entra y qué tienes que hacer
Si trabajas por tu cuenta y has oído lo de «Verifactu» pero nadie te lo ha explicado en cristiano, esta guía es para ti. Sin tecnicismos y al grano: qué es, a quién afecta, desde cuándo y qué tienes que hacer para llegar tranquilo a la fecha.
En dos líneas
Verifactu es el nuevo reglamento de Hacienda sobre el software con el que emites tus facturas. A partir del 1 de julio de 2027, la mayoría de autónomos tendrá que facturar con un programa que genere registros inalterables y pueda comunicarse con la AEAT.
El Excel y el Word dejan de servir para facturar. La buena noticia: migrar es fácil y tienes tiempo si te mueves con calma.
¿Qué es Verifactu?
Verifactu es la forma habitual de llamar al sistema de facturación regulado por el Real Decreto 1007/2023, que desarrolla la Ley Antifraude. En pocas palabras: obliga a que los programas de facturación cumplan una serie de requisitos para que las facturas no se puedan manipular «por detrás» y para que Hacienda pueda verificarlas.
El nombre viene del modo en que tu software puede enviar cada factura a la AEAT en el momento de emitirla («facturas verificables» o VERI*FACTU). A cambio de ese envío, la factura lleva un código QR y una leyenda que permiten comprobar su autenticidad.
¿A quién afecta y desde cuándo?
Tras el Real Decreto-ley 15/2025, que retrasó el calendario original, las fechas para tener el sistema adaptado son estas:
Es decir: si eres autónomo y emites facturas, la fecha que te importa es, con carácter general, el 1 de julio de 2027. A partir de ahí, el programa con el que factures tiene que ser compatible. Hay excepciones (por ejemplo, quienes ya están en el SII), pero para el autónomo medio que factura sesiones o servicios, esa es la referencia.
¿Puedo seguir facturando con Excel o Word?
Hasta la fecha de obligación, sí. Después, no. Y no es una cuestión de formato bonito: Verifactu exige que cada factura quede registrada de forma inalterable y encadenada con la anterior (una especie de huella que se rompería si alguien manipula un dato), algo que una hoja de cálculo o un documento de Word sencillamente no pueden garantizar.
Dicho de otra forma: no es que el Excel esté «prohibido», es que deja de ser válido para emitir facturas legales, porque no cumple los requisitos técnicos. Lo mismo ocurre con plantillas de Word o con un talonario a mano.
¿Verifactu es lo mismo que la factura electrónica obligatoria?
No, y es la confusión más común. Son dos normas distintas con calendarios distintos:
- Verifactu (Ley Antifraude): regula cómo tu software genera y registra las facturas ante Hacienda. Es lo que entra en 2027.
- Factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece): regula que las facturas entre empresas y autónomos se intercambien en un formato electrónico estructurado. Tiene su propio calendario, posterior, y depende del desarrollo reglamentario.
Para el día a día del autónomo, lo urgente y con fecha clara es Verifactu. La factura electrónica B2B llegará después, y el mismo software que te resuelve Verifactu suele resolverte también esa parte cuando toque.
¿Qué pasa si no cumplo?
La Ley General Tributaria contempla sanciones de hasta 50.000 € por ejercicio para quien fabrique, comercialice o utilice sistemas de facturación que no cumplan los requisitos. En la práctica, para un autónomo el riesgo real es más cotidiano: emitir facturas que dejan de ser válidas, con lo que eso supone frente a Hacienda y frente a tus clientes.
¿Qué tiene que hacer un software para cumplir Verifactu?
Cuando busques programa, comprueba que garantiza al menos esto:
- Numeración correlativa sin huecos y registro de cada factura.
- Registros inalterables y encadenados (integridad garantizada: si se toca un dato, se nota).
- Código QR en la factura para su verificación.
- Comunicación con la AEAT (envío de los registros de facturación).
- Conservación digital de los registros durante el plazo legal.
La parte buena: todo esto es trabajo del programa, no tuyo. Tú facturas como siempre; el software se encarga de cumplir por debajo.
Qué tienes que hacer tú, en tres pasos
1. No te agobies con la fecha
Tienes hasta 2027 y migrar es cuestión de días, no de meses. Lo peor que puedes hacer es dejarlo para el final y elegir con prisas.
2. Elige un software compatible que encaje con tu forma de trabajar
No todos los programas son iguales. Si trabajas por sesiones (das clases, pasas consulta, atiendes a domicilio), busca uno pensado para eso y no un mastodonte de contabilidad que no vas a usar.
3. Pásate con calma antes del plazo
Lleva tus clientes (normalmente con una importación desde tu Excel actual) y empieza a facturar desde el programa. Cuando llegue 2027, ya estará todo rodado.
Autonofactu está construido para Verifactu
Numeración legal sin huecos, registro de integridad inalterable y trazabilidad de cada factura desde el primer día. La conexión oficial con la AEAT está en fase de certificación y estará lista mucho antes del plazo. Y está pensado para quien cobra por sesión: registras tu semana y facturas el mes de golpe.
Empieza gratisPreguntas rápidas
¿Desde cuándo es obligatorio Verifactu para autónomos?
Para la mayoría de autónomos, el 1 de julio de 2027 (Real Decreto-ley 15/2025). Las sociedades sujetas al Impuesto sobre Sociedades del artículo 3.1.a) tienen como fecha el 1 de enero de 2027.
¿Tengo que enviar yo algo a Hacienda?
No manualmente. Es el software el que comunica los registros de facturación a la AEAT. Tú solo emites tus facturas con normalidad.
Trabajo con menores, ¿cómo facturo a los padres?
Con un programa pensado para ello, la sesión es del alumno o paciente y la factura sale a nombre del padre, la madre o el tutor. En Autonofactu es nativo.
¿Verifactu me obliga a llevar contabilidad completa?
No. Verifactu regula la emisión de facturas, no te convierte en empresa con contabilidad de doble partida. Puedes cumplir con una herramienta simple de facturación.
Última revisión: julio de 2026. Esta guía es informativa y no constituye asesoramiento fiscal ni legal; el calendario y los requisitos de Verifactu han cambiado ya una vez y pueden volver a hacerlo. Para tu caso concreto, consulta a tu gestor o las fuentes oficiales: Real Decreto 1007/2023, el Real Decreto-ley 15/2025 y la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.